“Lo que la mente del hombre puede concebir y creer, 
es lo que la mente del hombre puede lograr!“

APELACIONES

OBJETIVO
– Gestionar las apelaciones recibidas por CIIESOST.
2. ALCANCE
– Todas las actividades que desempeña CIIESOST en relación a inspecciones.
3. DEFINICIONES
– Apelación (tomado de NTE INEN ISO/IEC 17020:2013): solicitud del proveedor del ítem de inspección al organismo de inspección de reconsiderar la decisión que tomó en relación con dicho ítem.
4. DECLARACIÓN:
CIIESOST declara que las investigaciones y decisiones relativas a las apelaciones no dan lugar a ninguna acción discriminatoria para con el apelante.
5. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES
a) El cliente que desee presentar una apelación a CIIESOST deberá hacerlo por escrito a través de una carta o un correo electrónico dirigido a la Gerencia General de CIIESOST adjuntando la evidencia objetiva que considere pertinente. Se debe poder identificar quien es la persona que presenta la apelación, sus datos de contacto y documento que demuestre la vinculación de la persona con la empresa apelante. El Gerente General de CIIESOST la hará llegar a la Gerencia de Calidad.
b) La Gerencia de Calidad acusará recibo de la apelación, le asignará un código único de identificación e informará al apelante que se da inicio al proceso de tratamiento de su apelación. La apelación recibida se incluirá en el listado de hallazgos y se la atenderá dejando registro en el formato de gestión de hallazgos.
c) La Gerencia de Calidad con la participación de la Gerencia Técnica procederá a reunir y verificar toda la información necesaria para validar la apelación. Si una de las Gerencias participó en las actividades de inspección que dieron origen a la apelación, su lugar debe ser ocupado por su sustituto.
Esta actividad se realiza en conjunto con el P05 Acciones correctivas.
d) Una vez finalizada la investigación, la Gerencia de Calidad y la Gerencia Técnica (o sus sustitutos) tomarán la decisión sobre la apelación. Esta decisión debe ser revisada y aprobada por la Gerencia General.
e) La Gerencia de Calidad notificará al apelante indicándole el resultado del tratamiento de la apelación.
f) El plazo para la ejecución del proceso de tratamiento de una apelación es de 5 días laborables. Si por cualquier razón, el proceso tomara más tiempo, al 5 día laborable, la Gerencia de Calidad notificará al apelante el progreso en el tratamiento de su apelación y le informará el nuevo plazo necesario para concluir el proceso.

6. REGISTROS

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